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CONDICIONES GENERALES DE SUMINISTRO DE NSURE
4.1 Los Mandatos son aceptados en base a un precio fijo o en base a un nuevo cálculo. Salvo que se indique lo contrario, Inscripción en la Cámara de Comercio de Arnhem con el ninguno de los importes indicados por el Prestatario del servicio en el Presupuesto incluyen el impuesto sobre las Artículo 1. Definiciones y campo de aplicación
1.1 En las Condiciones Generales siguientes se entiende por 4.2 Salvo que se indique lo contrario por escrito, el pago debe realizarse en el plazo de 30 días después de la fecha de * Mandante: la persona o persona jurídica que encarga la la factura. El Prestatario del servicio se reserva el derecho a realización de actividades al Prestatario del servicio, de enviar facturas anticipadas o solicitar el pago por adelantado. conformidad con lo estipulado en estas condiciones Estos pagos anticipados o por adelantado tienen siempre el * Actividades: análisis de muestras, realización de análisis, prestación de asesoramiento y/o suministro de productos y/o 4.3 Después de vencido el plazo de pago, se enviará un servicios, todo ello en el sentido más amplio de la palabra. recordatorio de pago. En caso de retraso en el pago, el * Mandato: El mandato del Mandante al Prestatario del Prestatario del servicio cobrará unos intereses moratorios del servicio para la realización de Actividades, a cambio de un 1,5 % al mes sobre el importe de la factura, a partir de la fecha en que el Mandante haya incurrido en mora de su * Presupuesto: la oferta de NSure al Mandante para la obligación de pago. Si para la obtención del pago fuese realización de Actividades a cambio de un precio preciso recurrir a terceros, los gastos que ello conlleve serán por cuenta del Mandante. Los gastos del cobro de impagados * Contrato: el Contrato para la realización de Actividades extrajudiciales serán al menos del 15 % del importe por según lo descrito en el Mandato o Presupuesto. 1.2 Las Condiciones generales de suministro guardan Artículo 5. Ejecución del Mandato
relación con todos los Contratos, Presupuestos, Mandatos, 5.1 Mediante la aceptación del Mandato, NSure se Servicios y Actividades, prestados o por prestar por el compromete exclusivamente durante la realización del Prestatario del servicio. Estas Condiciones Generales son Mandato, a procurar un resultado viable para el Mandante y a aplicables con la exclusión explícita de las condiciones (generales), sea cual sea su denominación, del Mandante 5.2 Todos los plazos y fechas de entrega indicados en los 1.3 Sólo será posible acogerse a condiciones distintas a las Presupuestos y ofertas son estimaciones, salvo que se haya condiciones de suministro si éstas han sido confirmadas acordado explícitamente lo contrario. El Mandato será expresamente por escrito por los gerentes del Prestatario del realizado de la mejor forma posible, dentro del plazo estipulado de común acuerdo con el Mandante en el 1.4 Estas Condiciones generales de suministro han sido Presupuesto, salvo que ello resulte imposible. El plazo establecidas por NSure BV y han sido depositadas en la previsto para la realización del trabajo empieza a partir de la Cámara de Comercio e Industria de Arnhem (número de realización del Contrato, pero no antes de la recepción de registro: 09155565). Estas Condiciones generales de toda la información y datos necesarios para el Prestatario del suministro pueden obtenerse igualmente a través del sitio servicio, así como después de la obtención de todos los web del Prestatario del servicio: www.nsure.nl. permisos, aprobaciones y exenciones necesarios. En caso de Artículo 2. Contratos
que se vaya a rebasar el plazo convenido, el Prestatario del 2.1 Los Contratos entre el Mandante y el Prestatario del servicio notificará esta situación al Mandante a la mayor servicio se perfeccionan verbalmente o por escrito entre brevedad posible. Rebasar el plazo de entrega por parte del representantes de ambas partes que tengan autorización para Prestatario del servicio nunca podrá constituir una toma de responsab8ilidad, con las consiguientes reclamaciones de 2.2 El envío de tarjetas de muestra de NSure por parte del Mandante al Prestatario del servicio para su análisis se 5.3 Si el Mandato está relacionado con el análisis de las considera como el perfeccionamiento de un Contrato. Las muestras tomadas por el Mandante, se considerará que el muestras enviadas no serán devueltas tras su análisis. Mandante es responsable de la selección correcta, el tipo de 2.3 Un informe de una conversación entre el Mandante y el planta o producto vegetal y el tipo de tejido correcto, la Prestatario del servicio en que se plasme un Contrato y cuyo representatividad, indicaciones de códigos, realización informe haya sido enviado a la parte contraria, se considera correcta del protocolo de muestreo (inclusive las condiciones como una prueba de la existencia del Contrato en cuestión, de almacenamiento de las tarjetas de muestra) y de la puesta sin perjuicio de lo estipulado en el apartado 2.1 y con reserva a disposición a NSure de las muestras por analizar. El Mandante debe comprender que una prueba Nsure constituye 2.4 Un Contrato se perfecciona mediante la aceptación por una determinación del muestreo sobre un producto vivo y que parte del Mandante de un Presupuesto suministrado por el por tanto el Prestatario del servicio nunca podrá dar una Prestatario del servicio, o mediante la confirmación por el garantía acerca de la aplicabilidad del resultado para toda la Prestatario del servicio de un Mandato otorgado por el Mandante. La aceptación por correo electrónico equivale a 5.4 El Prestatario del servicio almacenará las mercancías remitidas para un análisis o los restos de las mismas durante 2.5 En caso de aceptación por parte del Prestatario del un mínimo de 2 semanas después de la fecha de la factura. servicio de un Mandato otorgado por el Mandante, la Los eventuales costes inherentes están incluidos en el precio expresión en palabras del Mandato por parte del Prestatario indicado en el Mandato. El Prestatario del servicio podrá del servicio se considerará vinculante, salvo que en el plazo retener las mercancías, documentos y similares como de 8 días tras la aceptación, el Mandante haya comunicado al garantía en tanto que el Mandante no cumpla con sus Prestatario del servicio sus objeciones contra dicha expresión Artículo 6. Fuerza mayor
Artículo 3. Anulación, interrupción o prórroga
6.1 Sin perjuicio de lo estipulado en otra parte de estas 3.1 El Mandante está obligado a compensar todos los gastos condiciones, el Prestatario del servicio nunca será responsable y daños dimanantes de la anulación o interrupción unilateral si el Prestatario del servicio no puede cumplir con su del Contrato. Si el Mandante anula unilateralmente un obligación ante el de Mandante como consecuencia de fuerza Contrato concertado, seguirá estando obligado a pagar el mayor. Se considera fuerza mayor todas aquellas situaciones importe que adeudaría si el Contrato no se hubiera anulado, que impidan la realización de las Actividades y que no sean salvo que la causa de dicha anulación sea imputable al imputables a la culpa de la parte en cuestión ni que en virtud de la ley, actos jurídicos o prácticas comerciales vigentes 3.2 El Prestatario del servicio se reserva el derecho de sean por su cuenta y por tanto no sean imputables a la parte reclamar los resultados de servicios o mercancías si la parte contraria incumple las condiciones o el Contrato. 6.2 En caso de que terceros, de los que el Prestatario del Artículo 4. Precios y pago
servicio dependa para la realización del Mandato, no cumplan NSure BV, PO-Box 14, 6700 AA Wageningen, The Netherlands - T: +31 317-466666 - I: www.nsure.eu o no cumplan a tiempo con sus obligaciones frente al aunque no se limitan a, información técnica, comercial, Prestatario del servicio por circunstancias que según lo financiera y jurídica) que les hayan sido facilitados durante o anteriormente indicado hubiera supuesto una situación de en beneficio de las Actividades, y no los comunicará a fuerza mayor para el Prestatario del servicio, este terceros, salvo como resultado de una obligación legal o de incumplimiento o no cumplimiento a tiempo por parte de un mandato judicial. Esta obligación no es aplicable a los dichos terceros también supondrá una situación de fuerza resultados de las Actividades u otra información (empresarial) mayor para el Prestatario del servicio con respecto al del Mandante que sea públicamente accesible para terceros, distinta a una acción del Prestatario del servicio. Artículo 7. Suspensión y disolución
9.2 El Mandante está obligado a guardar reserva sobre toda 7.1 Sin perjuicio de lo estipulado en los demás artículos, se la información (empresasrial) de carácter supuestamente considerará que el Mandante, en caso de no cumplir, no confidencial del Prestatario del servicio, entre los que se cumplir debidamente o no cumplir a tiempo con cualquier encuentran, aunque no se limitan a, información técnica, obligación dimanante para él según el Contrato, así como en comercial, financiera y jurídica, así como información relativa caso de insolvencia, concurso de acreedores, liquidación, o si a los procedimientos del Prestatario del servicio, que lleguen es sometido a administración, control o tutela, estará de a su conocimiento. El Mandante utilizará el Presupuesto pleno derecho en situación de incumplimiento y el Prestatario emitido por el Prestatario del servicio, así como los del servicio, sin necesidad de intimación de pago y de conocimientos e ideas del Prestatario del servicio incluidos en intervención judicial, podrá suspender la ejecución del el mismo exclusivamente para la evaluación de su interés en Contrato, finalizarlo o disolver el Contrato total o la adjudicación del Mandato. Lo estipulado en este sentido es parcialmente, a elección del Prestatario del servicio, sin que el asimismo de aplicación sobre las propuestas de modificación, Prestatario del servicio adeude ninguna indemnización pero complemento y/o ampliación del Mandato. sin perjuicio del derecho del Prestatario del servicio a una 9.3 El Prestatario del servicio podrá contratar a terceros para indemnización por los daños resultantes del incumplimiento y la realización del Mandato y responderá del deber de reserva de la suspensión o disolución. En estos casos, cualquier de dichos terceros, de conformidad con los apartados 1 y 2. A reclamación del Prestatario del servicio ante el Mandante será beneficio de terceros, así como a beneficio de los colaboradores del Prestatario del servicio, serán de aplicación Artículo 8. Responsabilidad y salvaguardia
todas las cláusulas relativas a la exclusión o limitación de la 8.1 El Prestatario del servicio acepta las obligaciones legales responsabilidad del Prestatario del servicio. de indemnización según lo dispuesto en este artículo 8. Artículo 10. Derechos de disposición y de autor
8.2 Toda la información facilitada por el Prestatario del 10.1 El Mandante sólo podrá publicar los informes emitidos servicio y los asesoramientos realizados, en la forma que sea, literalmente, en su totalidad y con indicación del nombre del son sin compromiso. Los análisis e informes serán realizados Prestatario del servicio. La publicación en cualquier otra y redactados al mejor saber y entender por el Prestatario del forma sólo está permitida tras la autorización por escrito del servicio, teniendo en cuenta los conocimientos técnicos más 10.2 La utilización del resultado del Contrato, así como la 8.3 La responsabilidad de NSure ante daños y gastos, de la utilización del nombre del Prestatario del servicio con fines naturaleza que sea, dimanantes de una información comerciales, está únicamente permitida tras la autorización defectuosa o incorrecta, asesoramiento, análisis o informes expresa por escrito del Prestatario del servicio. defectuosos o incorrectos, y/o el suministro de productos 10.3 El Prestatario del servicio se reserva el derecho de defectuosos o incorrectos se limita expresamente al daño incorporar los resultados del Mandato en una base de datos y directo con un máximo del 100 % de los importes ya de utilizarlos para la mejora de los servicios y productos facturados y pagados por el Mandante relativos al Mandato en ofrecidos, siempre y cuando los resultados estén relación con el cual se ha producido el daño. Este máximo anonimizados y los datos de la base de datos en cuestión no queda anulado si el daño directo es ocasionado por dolo o puedan atribuirse de ningún modo al Mandante. culpa grave de un directivo del Prestatario del servicio. Artículo 11. Segregabilidad de las cláusulas del
8.4 El Prestatario del servicio nunca será responsable de las contrato
consecuencias de una aplicación incorrecta por el Mandante 11.1 La invalidación de una cláusula de estas Condiciones de información, asesoramiento, análisis o informes facilitados generales de suministro no tendrá ningún efecto sobre la por el Prestatario del servicio y/o la aplicación de los validez de las demás cláusulas vigentes en las Condiciones productos suministrados por el Prestatario del servicio. 8.5 El generales de suministro. Las Condiciones generales de Prestatario del servicio nunca será responsable de ningún suministro se entenderán como si la cláusula invalidada daño indirecto, daño consecuente o cualquier otro daño adicional (entre los que se encuentran, aunque no se limitan Artículo 12. Derecho aplicable
a, lucro cesante o ganancias no realizadas). 12.1 Con respecto a todos los Mandatos, entregas y servicios 8.6 El Prestatario del servicio no acepta ninguna a los que tienen relación estas Condiciones generales de responsabilidad por los daños que sean el resultado de vicios suministro, el único derecho aplicable será el neerlandés. en las mercancías suministradas al Prestatario del servicio 12.2 Todos los litigios dimanantes de, o relacionados con, que sean necesarias para la realización de las Actividades. estas Condiciones generales de suministro serán resueltos 8.7 Las posibles reivindicaciones del Mandante en el sentido exclusivamente en primera instancia por los tribunales de indicado deben ser presentadas a la mayor brevedad posible, pero en cualquier caso dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha del informe final de las Actividades en cuestión, en cuyo defecto quedará anulado el derecho a 8.8 El Mandante salvaguarda al Prestatario del servicio ante reclamaciones de terceros para la indemnización de daños y gastos, de la naturaleza que sea, dimanantes del uso por parte de dichos terceros de los productos suministrados por el Prestatario del servicio, o bien contra las reclamaciones dimanantes del uso de mercancías puestas en circulación por el Mandante con aplicación de los productos suministrados, asesoramiento o información facilitados o análisis realizados Artículo 9. Deber de reserva
9.1 El Prestatario del servicio está obligado a guardar reserva sobre los resultados de las Actividades y otra información (empresarial) del Mandante (entre los que se encuentran, NSure BV, PO-Box 14, 6700 AA Wageningen, The Netherlands - T: +31 317-466666 - I: www.nsure.eu

Source: http://nedcon.nsure.nl/_files/documents/General%20Conditions%202012/General%20conditions%20ES%20-%20A4%20-%202011.pdf

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