CONDICIONES GENERALES DE SUMINISTRO DE NSURE
4.1 Los Mandatos son aceptados en base a un precio fijo o
en base a un nuevo cálculo. Salvo que se indique lo contrario,
Inscripción en la Cámara de Comercio de Arnhem con el
ninguno de los importes indicados por el Prestatario del
servicio en el Presupuesto incluyen el impuesto sobre las
Artículo 1. Definiciones y campo de aplicación
1.1 En las Condiciones Generales siguientes se entiende por
4.2 Salvo que se indique lo contrario por escrito, el pago
debe realizarse en el plazo de 30 días después de la fecha de
* Mandante: la persona o persona jurídica que encarga la
la factura. El Prestatario del servicio se reserva el derecho a
realización de actividades al Prestatario del servicio, de
enviar facturas anticipadas o solicitar el pago por adelantado.
conformidad con lo estipulado en estas condiciones
Estos pagos anticipados o por adelantado tienen siempre el
* Actividades: análisis de muestras, realización de análisis,
prestación de asesoramiento y/o suministro de productos y/o
4.3 Después de vencido el plazo de pago, se enviará un
servicios, todo ello en el sentido más amplio de la palabra.
recordatorio de pago. En caso de retraso en el pago, el
* Mandato: El mandato del Mandante al Prestatario del
Prestatario del servicio cobrará unos intereses moratorios del
servicio para la realización de Actividades, a cambio de un
1,5 % al mes sobre el importe de la factura, a partir de la
fecha en que el Mandante haya incurrido en mora de su
* Presupuesto: la oferta de NSure al Mandante para la
obligación de pago. Si para la obtención del pago fuese
realización de Actividades a cambio de un precio
preciso recurrir a terceros, los gastos que ello conlleve serán
por cuenta del Mandante. Los gastos del cobro de impagados
* Contrato: el Contrato para la realización de Actividades
extrajudiciales serán al menos del 15 % del importe por
según lo descrito en el Mandato o Presupuesto.
1.2 Las Condiciones generales de suministro guardan
Artículo 5. Ejecución del Mandato
relación con todos los Contratos, Presupuestos, Mandatos,
5.1 Mediante la aceptación del Mandato, NSure se
Servicios y Actividades, prestados o por prestar por el
compromete exclusivamente durante la realización del
Prestatario del servicio. Estas Condiciones Generales son
Mandato, a procurar un resultado viable para el Mandante y a
aplicables con la exclusión explícita de las condiciones
(generales), sea cual sea su denominación, del Mandante
5.2 Todos los plazos y fechas de entrega indicados en los
1.3 Sólo será posible acogerse a condiciones distintas a las
Presupuestos y ofertas son estimaciones, salvo que se haya
condiciones de suministro si éstas han sido confirmadas
acordado explícitamente lo contrario. El Mandato será
expresamente por escrito por los gerentes del Prestatario del
realizado de la mejor forma posible, dentro del plazo
estipulado de común acuerdo con el Mandante en el
1.4 Estas Condiciones generales de suministro han sido
Presupuesto, salvo que ello resulte imposible. El plazo
establecidas por NSure BV y han sido depositadas en la
previsto para la realización del trabajo empieza a partir de la
Cámara de Comercio e Industria de Arnhem (número de
realización del Contrato, pero no antes de la recepción de
registro: 09155565). Estas Condiciones generales de
toda la información y datos necesarios para el Prestatario del
suministro pueden obtenerse igualmente a través del sitio
servicio, así como después de la obtención de todos los
web del Prestatario del servicio: www.nsure.nl.
permisos, aprobaciones y exenciones necesarios. En caso de
Artículo 2. Contratos
que se vaya a rebasar el plazo convenido, el Prestatario del
2.1 Los Contratos entre el Mandante y el Prestatario del
servicio notificará esta situación al Mandante a la mayor
servicio se perfeccionan verbalmente o por escrito entre
brevedad posible. Rebasar el plazo de entrega por parte del
representantes de ambas partes que tengan autorización para
Prestatario del servicio nunca podrá constituir una toma de
responsab8ilidad, con las consiguientes reclamaciones de
2.2 El envío de tarjetas de muestra de NSure por parte del
Mandante al Prestatario del servicio para su análisis se
5.3 Si el Mandato está relacionado con el análisis de las
considera como el perfeccionamiento de un Contrato. Las
muestras tomadas por el Mandante, se considerará que el
muestras enviadas no serán devueltas tras su análisis.
Mandante es responsable de la selección correcta, el tipo de
2.3 Un informe de una conversación entre el Mandante y el
planta o producto vegetal y el tipo de tejido correcto, la
Prestatario del servicio en que se plasme un Contrato y cuyo
representatividad, indicaciones de códigos, realización
informe haya sido enviado a la parte contraria, se considera
correcta del protocolo de muestreo (inclusive las condiciones
como una prueba de la existencia del Contrato en cuestión,
de almacenamiento de las tarjetas de muestra) y de la puesta
sin perjuicio de lo estipulado en el apartado 2.1 y con reserva
a disposición a NSure de las muestras por analizar. El
Mandante debe comprender que una prueba Nsure constituye
2.4 Un Contrato se perfecciona mediante la aceptación por
una determinación del muestreo sobre un producto vivo y que
parte del Mandante de un Presupuesto suministrado por el
por tanto el Prestatario del servicio nunca podrá dar una
Prestatario del servicio, o mediante la confirmación por el
garantía acerca de la aplicabilidad del resultado para toda la
Prestatario del servicio de un Mandato otorgado por el
Mandante. La aceptación por correo electrónico equivale a
5.4 El Prestatario del servicio almacenará las mercancías
remitidas para un análisis o los restos de las mismas durante
2.5 En caso de aceptación por parte del Prestatario del
un mínimo de 2 semanas después de la fecha de la factura.
servicio de un Mandato otorgado por el Mandante, la
Los eventuales costes inherentes están incluidos en el precio
expresión en palabras del Mandato por parte del Prestatario
indicado en el Mandato. El Prestatario del servicio podrá
del servicio se considerará vinculante, salvo que en el plazo
retener las mercancías, documentos y similares como
de 8 días tras la aceptación, el Mandante haya comunicado al
garantía en tanto que el Mandante no cumpla con sus
Prestatario del servicio sus objeciones contra dicha expresión
Artículo 6. Fuerza mayor Artículo 3. Anulación, interrupción o prórroga
6.1 Sin perjuicio de lo estipulado en otra parte de estas
3.1 El Mandante está obligado a compensar todos los gastos
condiciones, el Prestatario del servicio nunca será responsable
y daños dimanantes de la anulación o interrupción unilateral
si el Prestatario del servicio no puede cumplir con su
del Contrato. Si el Mandante anula unilateralmente un
obligación ante el de Mandante como consecuencia de fuerza
Contrato concertado, seguirá estando obligado a pagar el
mayor. Se considera fuerza mayor todas aquellas situaciones
importe que adeudaría si el Contrato no se hubiera anulado,
que impidan la realización de las Actividades y que no sean
salvo que la causa de dicha anulación sea imputable al
imputables a la culpa de la parte en cuestión ni que en virtud
de la ley, actos jurídicos o prácticas comerciales vigentes
3.2 El Prestatario del servicio se reserva el derecho de
sean por su cuenta y por tanto no sean imputables a la parte
reclamar los resultados de servicios o mercancías si la parte
contraria incumple las condiciones o el Contrato.
6.2 En caso de que terceros, de los que el Prestatario del
Artículo 4. Precios y pago
servicio dependa para la realización del Mandato, no cumplan
NSure BV, PO-Box 14, 6700 AA Wageningen, The Netherlands - T: +31 317-466666 - I: www.nsure.eu
o no cumplan a tiempo con sus obligaciones frente al
aunque no se limitan a, información técnica, comercial,
Prestatario del servicio por circunstancias que según lo
financiera y jurídica) que les hayan sido facilitados durante o
anteriormente indicado hubiera supuesto una situación de
en beneficio de las Actividades, y no los comunicará a
fuerza mayor para el Prestatario del servicio, este
terceros, salvo como resultado de una obligación legal o de
incumplimiento o no cumplimiento a tiempo por parte de
un mandato judicial. Esta obligación no es aplicable a los
dichos terceros también supondrá una situación de fuerza
resultados de las Actividades u otra información (empresarial)
mayor para el Prestatario del servicio con respecto al
del Mandante que sea públicamente accesible para terceros,
distinta a una acción del Prestatario del servicio.
Artículo 7. Suspensión y disolución
9.2 El Mandante está obligado a guardar reserva sobre toda
7.1 Sin perjuicio de lo estipulado en los demás artículos, se
la información (empresasrial) de carácter supuestamente
considerará que el Mandante, en caso de no cumplir, no
confidencial del Prestatario del servicio, entre los que se
cumplir debidamente o no cumplir a tiempo con cualquier
encuentran, aunque no se limitan a, información técnica,
obligación dimanante para él según el Contrato, así como en
comercial, financiera y jurídica, así como información relativa
caso de insolvencia, concurso de acreedores, liquidación, o si
a los procedimientos del Prestatario del servicio, que lleguen
es sometido a administración, control o tutela, estará de
a su conocimiento. El Mandante utilizará el Presupuesto
pleno derecho en situación de incumplimiento y el Prestatario
emitido por el Prestatario del servicio, así como los
del servicio, sin necesidad de intimación de pago y de
conocimientos e ideas del Prestatario del servicio incluidos en
intervención judicial, podrá suspender la ejecución del
el mismo exclusivamente para la evaluación de su interés en
Contrato, finalizarlo o disolver el Contrato total o
la adjudicación del Mandato. Lo estipulado en este sentido es
parcialmente, a elección del Prestatario del servicio, sin que el
asimismo de aplicación sobre las propuestas de modificación,
Prestatario del servicio adeude ninguna indemnización pero
complemento y/o ampliación del Mandato.
sin perjuicio del derecho del Prestatario del servicio a una
9.3 El Prestatario del servicio podrá contratar a terceros para
indemnización por los daños resultantes del incumplimiento y
la realización del Mandato y responderá del deber de reserva
de la suspensión o disolución. En estos casos, cualquier
de dichos terceros, de conformidad con los apartados 1 y 2. A
reclamación del Prestatario del servicio ante el Mandante será
beneficio de terceros, así como a beneficio de los
colaboradores del Prestatario del servicio, serán de aplicación
Artículo 8. Responsabilidad y salvaguardia
todas las cláusulas relativas a la exclusión o limitación de la
8.1 El Prestatario del servicio acepta las obligaciones legales
responsabilidad del Prestatario del servicio.
de indemnización según lo dispuesto en este artículo 8.
Artículo 10. Derechos de disposición y de autor
8.2 Toda la información facilitada por el Prestatario del
10.1 El Mandante sólo podrá publicar los informes emitidos
servicio y los asesoramientos realizados, en la forma que sea,
literalmente, en su totalidad y con indicación del nombre del
son sin compromiso. Los análisis e informes serán realizados
Prestatario del servicio. La publicación en cualquier otra
y redactados al mejor saber y entender por el Prestatario del
forma sólo está permitida tras la autorización por escrito del
servicio, teniendo en cuenta los conocimientos técnicos más
10.2 La utilización del resultado del Contrato, así como la
8.3 La responsabilidad de NSure ante daños y gastos, de la
utilización del nombre del Prestatario del servicio con fines
naturaleza que sea, dimanantes de una información
comerciales, está únicamente permitida tras la autorización
defectuosa o incorrecta, asesoramiento, análisis o informes
expresa por escrito del Prestatario del servicio.
defectuosos o incorrectos, y/o el suministro de productos
10.3 El Prestatario del servicio se reserva el derecho de
defectuosos o incorrectos se limita expresamente al daño
incorporar los resultados del Mandato en una base de datos y
directo con un máximo del 100 % de los importes ya
de utilizarlos para la mejora de los servicios y productos
facturados y pagados por el Mandante relativos al Mandato en
ofrecidos, siempre y cuando los resultados estén
relación con el cual se ha producido el daño. Este máximo
anonimizados y los datos de la base de datos en cuestión no
queda anulado si el daño directo es ocasionado por dolo o
puedan atribuirse de ningún modo al Mandante.
culpa grave de un directivo del Prestatario del servicio.
Artículo 11. Segregabilidad de las cláusulas del
8.4 El Prestatario del servicio nunca será responsable de las
contrato
consecuencias de una aplicación incorrecta por el Mandante
11.1 La invalidación de una cláusula de estas Condiciones
de información, asesoramiento, análisis o informes facilitados
generales de suministro no tendrá ningún efecto sobre la
por el Prestatario del servicio y/o la aplicación de los
validez de las demás cláusulas vigentes en las Condiciones
productos suministrados por el Prestatario del servicio. 8.5 El
generales de suministro. Las Condiciones generales de
Prestatario del servicio nunca será responsable de ningún
suministro se entenderán como si la cláusula invalidada
daño indirecto, daño consecuente o cualquier otro daño
adicional (entre los que se encuentran, aunque no se limitan
Artículo 12. Derecho aplicable
a, lucro cesante o ganancias no realizadas).
12.1 Con respecto a todos los Mandatos, entregas y servicios
8.6 El Prestatario del servicio no acepta ninguna
a los que tienen relación estas Condiciones generales de
responsabilidad por los daños que sean el resultado de vicios
suministro, el único derecho aplicable será el neerlandés.
en las mercancías suministradas al Prestatario del servicio
12.2 Todos los litigios dimanantes de, o relacionados con,
que sean necesarias para la realización de las Actividades.
estas Condiciones generales de suministro serán resueltos
8.7 Las posibles reivindicaciones del Mandante en el sentido
exclusivamente en primera instancia por los tribunales de
indicado deben ser presentadas a la mayor brevedad posible,
pero en cualquier caso dentro de los seis (6) meses
siguientes a la fecha del informe final de las Actividades en
cuestión, en cuyo defecto quedará anulado el derecho a
8.8 El Mandante salvaguarda al Prestatario del servicio ante
reclamaciones de terceros para la indemnización de daños y
gastos, de la naturaleza que sea, dimanantes del uso por
parte de dichos terceros de los productos suministrados por el
Prestatario del servicio, o bien contra las reclamaciones
dimanantes del uso de mercancías puestas en circulación por
el Mandante con aplicación de los productos suministrados,
asesoramiento o información facilitados o análisis realizados
Artículo 9. Deber de reserva
9.1 El Prestatario del servicio está obligado a guardar reserva
sobre los resultados de las Actividades y otra información
(empresarial) del Mandante (entre los que se encuentran,
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